Habrá acuerdo reparatorio en el caso Ocean Park derivado de la denuncia de Gabriel Pérez
- Jul 25 2023
Según trascendió en las últimas horas, los abogados de todas las partes y la fiscalía que actúa en el caso manejan la eventualidad de cerrar el episodio aplicando el mecanismo de acuerdo abreviado; extraoficialmente se habla de una reparación económica a Gabriel Pérez que podría rondar los 12 mil dólares.
El caso de violencia registrado el pasado jueves 6 de julio en Ocean Park que involucró al vecino Gabriel Pérez cuando cuatro personas lo interceptaron en la calle, lo golpearon, le hicieron un "submarino" -de acuerdo a su testimonio- y lo acusaban de ser el autor o participar de alguna forma en un robo para finalmente "entregarlo" a la policía en el destacamento de Sauce de Portezuelo, apunta a resolverse mediante el mecanismo del acuerdo reparatorio.
Según trascendió en las últimas horas. los abogados de todas las partes y la fiscalía que actúa en el caso manejan la eventualidad de cerrar el mismo aplicando el mecanismo previsto en el Código del Proceso Penal.
Para poder arribar a esta salida primero la fiscalía debe solicitar a la justicia penal de garantías la formalización del caso. Una vez consumada esta instancia, la fiscalía notifica al juez de garantías que las partes arribaron a un acuerdo reparatorio.
El artículo 393º del Código de Proceso Penal establece: “El imputado y la víctima desde el momento de la formalización de la investigación y durante todo el proceso, podrán suscribir un acuerdo reparatorio material o simbólico, que será puesto a consideración del juez de la causa en audiencia, con intervención del Ministerio Público, cuando no exista interés público en la persecución y cuando la gravedad de la culpabilidad no se oponga a ello”.
El artículo 394º establece los delitos que pueden ser tenidos en cuenta para una salida de este tipo: “Delitos culposos, delitos castigados con pena de multa, delitos de lesiones personales y delitos de lesiones graves cuando provoquen una incapacidad para atender las ocupaciones ordinarias por un término superior a veinte días y no pongan en peligro la vida de la persona ofendida; delitos de contenido patrimonial; delitos perseguibles a instancia de parte, excepto delitos contra la libertad sexual y delitos contra el honor.
Material o simbólico
Por su parte, el artículo 395º fija el procedimiento de este mecanismo: “El Ministerio Público debe instruir a las partes involucradas en el delito sobre la posibilidad de llegar a un acuerdo reparatorio, cuando en el caso concreto se dieran las condiciones para su procedencia. Las partes pueden llegar al acuerdo reparatorio material o simbólico a través de mediación o conciliación. Una vez alcanzado el acuerdo el tribunal controlará en audiencia que la víctima y el indagado hayan prestado su consentimiento en forma libre y voluntaria y que hayan sido debidamente instruidos del alcance del instituto y de las obligaciones que ello implica. Si el juez entendiere que no se dan los requisitos anteriores o los supuestos del artículo anterior, podrá negar de oficio o a petición del Ministerio Público la homologación del acuerdo. Esta resolución será apelable con efecto suspensivo. Una vez cumplido el acuerdo o transcurridos seis meses desde el vencimiento del plazo acordado entre las partes, el tribunal declarará la extinción del delito”.
El siguiente artículo, el 396º del Código de Proceso Penal señala: “(Revocación).- Si el imputado incumpliere las condiciones u obligaciones pactadas dentro del término fijado por los intervinientes, la víctima podrá solicitar al juez que revoque el acuerdo. En caso de revocación el procedimiento continuará a partir del momento procesal en que fue suspendido. La resolución será apelable con efecto suspensivo. Si la resolución dictada en segunda instancia acogiera la solicitud de revocación el procedimiento continuará a partir del momento procesal en que fue suspendido. En caso de que la solicitud de revocación sea desestimada, el acuerdo se mantiene en los términos convenidos”-
Fuentes del caso, extraoficialmente, hicieron saber a Punta News que en el caso de Pérez, el acuerdo implicaría una reparación económica que podría rondar los 12 mil dólares.
Correo de Punta del Este y Punta News
foto: Gabriel Pérez y su abogado Sebastián Silvera en fiscalía, vía Carlos Praino en TW