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San Carlos: condenaron a hombre por reiterados delitos de abuso sexual y violencia doméstica contra su hijastra

San Carlos: condenaron a hombre por reiterados delitos de abuso sexual y violencia doméstica contra su hijastra

El hombre condenado era el padrastro de la víctima y ejercía abuso sexual crónico sobre su hijastra desde que ella tenía 11 años edad, además de practicar violencia física y psicológica. La pena que deberá cumplir es de 12 años de penitenciaría.

La Fiscalía Departamental de San Carlos Especializada en Violencia de Género, Doméstica y Sexual de 1er. Turno, integrada por las Dras. Fiorella Marzano, Gabriela Carrancio y Adriana Mastroianni, lideró la investigación y obtuvo la condena -en juicio oral- como autor penalmente responsable de la comisión de reiterados delitos de atentado violento al pudor agravados, reiterados delitos de abuso sexual especialmente agravados y reiterados delitos de violencia doméstica agravados, todos ellos en régimen de reiteración real. En este caso se contó, además, con el acompañamiento de técnicas de la Unidad de Víctimas de la Fiscalía.

Desde la formalización, el imputado estuvo sometido a prisión preventiva, siendo revocada esta decisión por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Primer Turno, que dispuso su sustitución por arresto domiciliario.

En marzo del 2022, la adolescente le había develado a su abuela materna que era víctima de violencia doméstica por parte de su padrastro, relatando que el imputado la tomó del cuello y la agredió verbalmente. Se dispusieron medidas cautelares de prohibición de acercamiento y/o comunicación; y la madre de la víctima se separó del entonces denunciado.

Con las medidas cautelares vigentes y el ofensor lejos, la víctima logró narrar hechos padecidos de abuso sexual crónico por parte de su padrastro. Fue esta denuncia que dio lugar a la investigación y posterior proceso penal que finalizó con la citada sentencia.

En su relato, la adolescente expresó que fue abusaba sexualmente por el imputado durante años (desde que tenía 11 años edad hasta los 15 aproximadamente) y que se extendieron hasta marzo de 2022. Estos abusos, perpetrados por su padrastro, sucedían en el hogar mientras la madre estaba trabajando y sus hermanos dormían o estaban jugando afuera. Surge, asimismo, que la víctima padecía violencia física y psicológica además de la sexual: controlaba la ropa que usaba y las personas que frecuentaba y la golpeaba. A lo largo de los años, los abusos sexuales y la violencia escalaron, manteniendo las amenazas de matar a su madre, a ella o a sus hermanos. Asimismo, le decía que nadie le iba a creer.

En agosto de 2023 se recabó de la víctima declaración en modalidad de prueba anticipada, en la cual realizó una descripción de los hechos abusivos y de violencia que había sufrido, así como el contexto en el cual el imputado los cometió. Señaló la jueza: “Es cierto que existen algunas diferencias en el relato de la adolescente, pero en lo sustancial las expresiones fueron espontáneas, con claridad y precisión de datos relevantes que dieron cuenta del calvario vivido, variando solo algunos detalles -como la edad- pero ella aclaró que ya no se acordaba bien, lo que es lógico con el devenir de los años.”

La Defensa cuestionó en juicio un gesto que hizo la víctima durante la declaración (sonreír mientras la víctima relataba lo padecido); sin embargo -destacó la jueza- “es evidente que fue realizado para eludir la vergüenza e incomodidad que le generaron las preguntas respectivas y no porque le diera gracia el horror que había padecido con su padrastro”.

Y agregó: “Como se ha señalado reiteradamente por prestigiosa jurisprudencia, en este tipo de delitos el autor busca deliberadamente estar a cubierto de miradas extrañas para realizar sus actos, aspirando que, en caso que su accionar sea denunciado, todo quede circunscripto a dos versiones contrapuestas en donde casi siempre tratará de hacer valer su posición de poder –laboral, económico, familiar, etc.- frente a los solitarios dichos de la víctima...”.

De la prueba recabada en juicio se recibe el testimonio de la psicóloga tratante (tratamiento posterior al develamiento), quien reconoce signos, síntomas e indicadores de abuso sexual, así como la sintomatología asociada al trauma padecido. En efecto, se releva que la adolescente sufrió ataques de pánico, trastornos del sueño y alimenticios; por muchos años sintió miedo, vergüenza y mucha angustia, temiendo que las amenazas del ahora condenado se hicieran efectivas.

Del testimonio de la perito psicóloga forense de ITF, se destaca que del relato surgen indicadores de una alta probabilidad de ocurrencia de abuso sexual crónico e intrafamiliar por parte de su padrastro; relato que se caracteriza por ser vivo, claro, espontáneo, con coherencia interna, con detalles tanto globales como periféricos en relación a las vivencias y emociones del trauma de lo que fue víctima. Concluyó que evidencia daño emocional, estado de tensión, cambios de humor y la disociación como mecanismos de defensa. Asimismo, releva sintomatología compatible a estrés post traumático: apatía, ansiedad, llanto, angustia.

Como agravantes específicas del delito de abuso sexual, se computó su condición de persona con autoridad sobre la víctima, que la víctima fuera menor de dieciocho años de edad y la continuidad en el tiempo de la conducta abusiva respecto de una misma persona. Como agravante específica del delito de violencia doméstica se computó que la víctima es mujer y menor de dieciocho años de edad.

Asimismo, como penas accesorias se dispusieron la suspensión e inhabilitación prevista en el artículo 79 de la Ley 19.580 y la reparación patrimonial prevista en art. 80 de la misma ley. Se dispuso además que, una vez que quede la sentencia ejecutoriada, se inscriba en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales.

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